Castilla-La Mancha abre su convocatoria de ayudas para la creación de nuevos establecimientos industriales. Seis millones de euros para impulsar nuevas empresas y ampliar la actividad industrial en la región.
La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha abrió el 6 de octubre de 2026 el plazo para solicitar las ayudas destinadas a poner en marcha nuevos establecimientos industriales, una convocatoria publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) el día anterior. La iniciativa cuenta con una dotación máxima de seis millones de euros y busca favorecer la creación de empresas, la apertura de nuevos centros productivos y el traslado de actividades industriales a la comunidad autónoma.
La convocatoria, aprobada mediante la Resolución de 29 de septiembre de 2026 de la Dirección General de Empresas, se dirige a pequeñas y medianas empresas (pymes) que desarrollen o tengan previsto desarrollar una actividad industrial en Castilla-La Mancha. El procedimiento establece la concesión de las subvenciones por orden de presentación de las solicitudes, hasta agotar el presupuesto disponible, de acuerdo con el régimen previsto en las bases reguladoras.
Qué empresas pueden acceder a las ayudas industriales
Las beneficiarias deberán acreditar la viabilidad técnica, económica, financiera y medioambiental de sus proyectos, que tendrán que referirse a un único establecimiento industrial. También será necesario disponer del terreno o inmueble en el que se ejecutará la actuación, o justificar el compromiso de adquisición cuando proceda.
Otro de los requisitos centrales es la creación de empleo. Los proyectos deberán comprometerse a generar al menos cinco nuevos puestos de trabajo, una cifra que se reduce a dos cuando el establecimiento se sitúe en municipios afectados por la despoblación.
La convocatoria contempla tres modalidades de actuación: la constitución de una nueva empresa industrial, la apertura de un centro productivo adicional por parte de una compañía ya existente y el traslado de una actividad industrial desde otro territorio a Castilla-La Mancha. En el segundo supuesto, la apertura no podrá suponer la deslocalización de otro establecimiento situado en la propia región.
Además, podrán presentarse iniciativas que ya hayan comenzado su ejecución, siempre que no estén materialmente finalizadas cuando se registre la solicitud.
Qué gastos pueden financiar las subvenciones
El programa incluye una amplia relación de costes relacionados con la puesta en funcionamiento de los establecimientos. Entre ellos figuran los gastos de constitución y legalización, los estudios de localización industrial, la formalización de préstamos, la contratación de avales y los servicios de consultoría para elaborar planes de negocio o analizar la viabilidad de las inversiones.
También se contemplan actuaciones relacionadas con la digitalización, la inteligencia artificial, el diseño de productos y la modernización de los procesos productivos mediante tecnologías de la Industria 4.0 y 5.0. La formación de los trabajadores, la elaboración del primer plan de marketing, la protección de la propiedad industrial y los ensayos iniciales de productos también pueden formar parte del presupuesto subvencionable.
La relación de conceptos admitidos incorpora los trabajos de planificación e ingeniería de los proyectos de construcción, el suministro energético, el alquiler de suelo y naves industriales, los servicios de tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y determinados costes de amortización de instalaciones industriales. Los intereses de deuda también podrán incluirse dentro de los límites establecidos.
Los gastos correspondientes al suministro energético, al alquiler de suelo y naves y a los intereses de deuda estarán sujetos al límite de doce mensualidades. Por su parte, los gastos corrientes adicionales estrictamente necesarios para desarrollar el proyecto tendrán un límite del 5 % del gasto subvencionable.
La convocatoria permite justificar determinados desembolsos realizados desde el 1 de enero de 2026, aunque sean anteriores a la presentación de la solicitud, siempre que cumplan las condiciones exigidas. Quedan fuera, entre otros conceptos, los impuestos, las tasas, los precios públicos, las materias primas directas, los trabajos ejecutados por la propia empresa y los servicios prestados por personas o entidades vinculadas.
Seguridad industrial y documentación técnica de las instalaciones
La puesta en marcha de un establecimiento industrial también puede exigir actuaciones técnicas relacionadas con las condiciones de seguridad del inmueble, las instalaciones y la actividad que se vaya a desarrollar. Los costes de señalización industrial y de implantación de sistemas de seguridad obligatorios aparecen entre los conceptos contemplados por la convocatoria, junto con los servicios de asesoramiento medioambiental y las medidas de protección tecnológica de datos.
En función de las características del proyecto y de los requisitos aplicables, una empresa de ignifigaciones puede intervenir en trabajos destinados a mejorar la resistencia al fuego de determinados elementos constructivos mediante soluciones adecuadas al uso del edificio y a las exigencias técnicas correspondientes. La necesidad de estas actuaciones deberá determinarse a partir de las condiciones específicas de cada establecimiento y de la normativa que le resulte aplicable.
La documentación técnica del proyecto deberá permitir acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos para su puesta en funcionamiento. Entre los trámites que pueden formar parte de la legalización figuran las licencias, la calificación industrial y los permisos urbanísticos, sectoriales y medioambientales que correspondan a la actividad.
El certificado contra incendios puede formar parte de la documentación técnica
Cuando proceda por las características de la instalación o por las exigencias administrativas aplicables, el certificado contra incendios podrá formar parte de la documentación técnica que deba tramitarse o aportarse para acreditar determinadas condiciones de seguridad. Su exigencia concreta dependerá de la normativa aplicable y de las características del establecimiento, por lo que no constituye un requisito general que pueda atribuirse automáticamente a todos los proyectos incluidos en esta convocatoria.
Hasta 100.000 euros según la puntuación del proyecto
La cuantía de las ayudas podrá alcanzar el 100 % del gasto subvencionable, dentro de los límites máximos fijados en función de la puntuación obtenida durante la evaluación.
Los proyectos que alcancen la puntuación mínima exigida y no superen los 75 puntos podrán recibir hasta 80.000 euros. Para las iniciativas valoradas entre 76 y 100 puntos, el límite se eleva a 90.000 euros. En los proyectos que superen los 100 puntos, la subvención podrá llegar a 100.000 euros, teniendo en cuenta los incrementos previstos por criterios como el impacto demográfico.
La evaluación atenderá a la calidad y viabilidad técnica, económica y financiera de las propuestas, así como a su capacidad para generar empleo y contribuir al desarrollo socioeconómico de la región. También se valorará la pertenencia a sectores manufactureros de alta o media tecnología, la contribución a la sostenibilidad ambiental y la participación de mujeres, jóvenes o personas con discapacidad en el capital de las empresas.
La condición de startup o empresa emergente y la ubicación en zonas prioritarias o municipios afectados por la despoblación figuran igualmente entre los factores que pueden influir en la puntuación.
Qué actividades quedan excluidas de la convocatoria
Las ayudas no estarán disponibles para las actividades excluidas por el Reglamento (UE) 2023/2831, relativo a las ayudas de minimis, ni para las empresas cuya actividad principal se encuentre dentro de las exclusiones recogidas en el anexo de la orden reguladora, correspondientes a determinadas actividades manufactureras de la Sección C de la CNAE-2025.
Por este motivo, las empresas interesadas deberán comprobar tanto la actividad económica declarada como las condiciones específicas de su proyecto antes de presentar la documentación. La posibilidad de acceder a la subvención dependerá del cumplimiento de las bases y de los criterios aplicables a cada iniciativa. Lee más publicaciones científicas y noticias en ignifugacionespromatec.es.
Solicitudes hasta el 5 de julio de 2027
El plazo de presentación comenzó el 6 de octubre de 2026 y finalizará el 5 de julio de 2027. Las solicitudes deberán tramitarse exclusivamente por vía telemática mediante el procedimiento habilitado por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, donde también se encuentran disponibles los anexos necesarios para formalizar la petición.
El plazo máximo para resolver y notificar la concesión será de seis meses, contados desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro. La disponibilidad presupuestaria y el orden de presentación determinarán la concesión conforme al procedimiento establecido en la convocatoria.
Con esta línea de subvenciones, el Gobierno regional destina hasta seis millones de euros a apoyar nuevas implantaciones industriales, ampliar la capacidad productiva de empresas existentes y atraer actividades procedentes de otros territorios, con especial atención a la generación de empleo y al desarrollo de los municipios afectados por la despoblación.
